Los informes de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.
RF
Trimestral; a más tardar 30 días naturales después de concluido el trimestre que corresponda.
Información del ejercicio en curso y la correspondiente a los seis ejercicios anteriores, tal como está establecido en el artículo 58 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Fracción XXIX del Artículo 75.
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